Contenido de la Iniciativa Legislativa Popular

Exposición de motivos:

Inundaciones: la catástrofe natural más costosa en España

En España, las inundaciones son el desastre natural que más vidas afecta y las que genera mayores pérdidas económicas.
Según el Consorcio de Compensación de Seguros y el Instituto Geológico y Minero de España, hasta la DANA de 2024, los daños por inundaciones alcanzan una media de 800 millones de euros al año.

La DANA de 2024: un trágico recordatorio

La Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) de octubre de 2024 provocó numerosas víctimas, desaparecidos y daños personales y materiales, especialmente en la Comunidad Valenciana, Andalucía y Castilla-La Mancha. Se evidenció que, con una mejor planificación y mantenimiento de infraestructuras hidráulicas, muchos de estos daños podrían haberse evitado. Se detectan unas carencias derivadas de la falta de actuación:

Falta de protección en zonas inundables
Mantenimiento insuficiente de cauces, barrancos e infraestructuras hidráulicas
Deficiencias en la ordenación del territorio
Protocolos de emergencia poco eficaces

  • Falta de protección en zonas inundables
  • Mantenimiento insuficiente de cauces, barrancos e infraestructuras hidráulicas
  • Deficiencias en la ordenación del territorio
  • Protocolos de emergencia poco eficaces

Escasez de agua y sequías: otra amenaza creciente

España es uno de los países de la UE con mayor superficie bajo estrés hídrico severo. El clima mediterráneo, presente en el 80% del país, lo hace especialmente vulnerable a las sequías, cuyos impactos sociales y económicos pueden frenar el desarrollo nacional.

El Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático (IPCC) de la ONU indica que el cambio climático provocará que las inundaciones y sequías sean más intensas y destructivas en el futuro.

Déficit estructural de inversión en el ciclo del agua

El sector del agua en España sufre desde hace años una falta de inversión, estimada por los expertos en más de 22.000 millones de euros, especialmente para combatir inundaciones y sequías.

Además, hay una gran necesidad de renovar las infraestructuras del ciclo urbano del agua, responsabilidad de las entidades locales.

El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITERD) cifra en 22.844 millones de euros las actuaciones previstas en los planes hidrológicos 2022-2027. Una cantidad similar fue planificada en el periodo 2016-2021, pero solo se ejecutó una cuarta parte.

La Ley de Aguas necesita una reforma urgente

La actual Ley de Aguas (Real Decreto Legislativo 1/2001) no recoge adecuadamente los principios que deben guiar la gestión del agua frente a riesgos naturales como inundaciones y sequías. Limitaciones actuales de la ley:

  • No prioriza la protección de la vida humana
  • Se enfoca en el medio ambiente y el dominio público, pero no en las personas o el patrimonio
  • Carece de un enfoque en prevención y preparación frente a desastres naturales
Propuesta de reforma: una ley para la seguridad hídrica
Esta iniciativa pretende incorporar como principios rectores de gestión en materia de aguas la protección de la vida, la integridad y la salud humanas, de las poblaciones, del patrimonio cultural y de la actividad económica, de forma que contemple la seguridad hídrica e inversión suficiente para la prevención y mitigación de los riesgos naturales, por inundaciones o sequía.

También se propone incorporar el principio de profesionalidad, capacidad e idoneidad técnica de los cargos de la administración pública del agua y de los puestos técnicos de ésta. Los profesionales con cualificación técnica son los que deben asumir las tareas de planificación, control y seguimiento hidrológico, así como la ordenación del territorio y el urbanismo, con el objetivo de minimizar el impacto de estos sucesos extremos futuros. Es imprescindible que este personal con la capacidad técnica suficiente ocupe los puestos de decisión, primando, especialmente en el ámbito hidrográfico, las decisiones técnicas sobre las decisiones políticas.

El reconocimiento legal de estos principios permitirá trasladarlos a la gestión ordinaria del agua y contribuirá directamente al bienestar y la seguridad de la población frente a fenómenos cada vez más frecuentes y extremos.

De acuerdo con lo anterior se propone la reforma siguiente del artículo 14 de la Ley de Aguas ( texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio):
ARTÍCULO 14. Texto Vigente
“Artículo 14. Principios rectores de la gestión en materia de aguas.

El ejercicio de las funciones del Estado, en materia de aguas, se someterá a los siguientes principios:

1.º Unidad de gestión, tratamiento integral, economía del agua, desconcentración, descentralización, coordinación, eficacia y participación de los usuarios.

2.º Respeto a la unidad de la cuenca hidrográfica, de los sistemas hidráulicos y del ciclo hidrológico.

3.º Compatibilidad de la gestión pública del agua con la ordenación del territorio, la conservación y protección del medio ambiente y la restauración de la naturaleza. ”
ARTÍCULO 14. Texto propuesto
“Artículo 14. Principios rectores de la gestión en materia de aguas.

El ejercicio de las funciones del Estado, en materia de aguas, se someterá a los siguientes principios:

1.º Unidad de gestión, tratamiento integral, economía del agua, desconcentración, descentralización, coordinación, eficacia y participación de los usuarios.

2.º Respeto a la unidad de la cuenca hidrográfica, de los sistemas hidráulicos y del ciclo hidrológico.

3º Inversión suficiente para la mitigación de los riesgos naturales, por inundaciones o sequía.

4º Profesionalidad, capacidad e idoneidad técnica de los cargos de la administración pública del agua y de los puestos técnicos de ésta.


5.º Compatibilidad de la gestión pública del agua con la ordenación del territorio, la protección de la vida e integridad humana, la conservación y protección del medio ambiente y la restauración de la naturaleza. ”